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Obligaciones de los titulares de locales de Pública Concurrencia

El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (R.D. 842/2002) describe en su instrucción ITC BT-28 “Locales de Pública Concurrencia”, que condiciones de instalación y mantenimiento se exige a la instalación eléctrica de este tipo espacios.

¿Cuándo un local se considera de Pública Concurrencia?

De acuerdo con el Reglamento Electrotécnico Baja Tensión y su instrucción ITC BT-28, un local se considerará de pública concurrencia dependiendo de su uso y su ocupación.

Los locales destinados a actividades recreativas y espectáculos se consideran siempre como locales de pública concurrencia, independientemente de su ocupación. Se incluyen dentro de este tipo de locales los destinados a actividades como cines, teatros, pabellones, ferias fijas, discotecas y las salas de juegos de azar.

Para los locales destinados a reunión, trabajo y usos sanitarios, debemos diferenciar dos grupos de clasificación dependiendo de su ocupación.

El primero de ellos incluye los locales que se consideran siempre locales de pública concurrencia independientemente de su ocupación. Este grupo incluye cafeterías, bares, restaurantes y similares, museos, garajes para más de 5 vehículos, guarderías, hospitales, asilos, centros de día y similares.

El segundo está compuesto por  aquellos locales en los que la ocupación prevista supera las 50 personas. Este grupo incluye locales comerciales, centros de enseñanza, gimnasios, oficinas con presencia de público, gimnasios, clubes sociales y deportivos, y similares. La ocupación de estos locales se justificará de acuerdo con el código técnico de la edificación y su documento básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB-SI) o en su defecto mediante la aplicación de una ocupación de 1 persona cada 0,8 m2 de su superficie ocupable descontando vestíbulos, aseos, pasillos y repartidores.

Revisión y Mantenimiento de locales de Pública Concurrencia

Todos los locales de pública concurrencia están obligados para su primera legalización (primera conexión a la red eléctrica), de la presentación ante los Servicios de Industria, de un proyecto de instalación eléctrica firmado por técnico competente, un certificado de un instalador autorizado y un certificado de un organismo de control autorizado.

Posteriormente, cada cinco años, y de forma obligatoria, un organismo de control autorizado debe emitir un certificado de inspección periódica favorable, indicando que la instalación cumple con los preceptos indicados en el REBT, y especialmente en su ITC BT-28.

Al mismo tiempo, en los locales ubicados en la Comunidad Valenciana, los titulares o arrendatarios de los locales de Pública Concurrencia relacionados en el Anexo I (Orden de 31 de enero de 1990, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, sobre mantenimiento e inspección periódica de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia), tienen la obligación de tener suscrito contrato de mantenimiento con Empresa Instaladora, que realizará revisiones, al menos, una vez cada tres meses y anotará reseña de las mismas en un “Libro Registro de Mantenimiento y Revisión de LPC”; extendiendo anualmente un Boletín de Reconocimiento Anual.

Los locales de Pública Concurrencia no incluidos en el Anexo I, deben ser revisados anualmente por Empresa Instaladora, que cumplimentará un Boletín de Reconocimiento Anual.

A modo enunciativo están incluidos dentro del Anexo I los locales de pública concurrencia con una potencia instalada superior a 100 kW.

¿Qué puntos críticos deben ser revisados en Instalaciones eléctricas de locales de Pública Concurrencia?

Por lo general, la revisión de los locales de pública concurrencia debe ser tan exhaustiva que garantice el cumplimiento del REBT y la salvaguarda de sus usuarios y bienes. No obstante la revisión hará hincapié en los siguientes puntos críticos.

  • Puesta a tierra de la instalación.
  • Protección contra contactos directos.
  • Protección contra contactos indirectos.
  • Resistencia de aislamiento en los circuitos.
  • Funcionamiento correcto del alumbrado de emergencia.

Nos detendremos a continuación a indicar las exigencias del reglamento sobre este último punto crítico dentro de las instalaciones de pública concurrencia.

Alumbrado de emergencia. Luces de emergencia

Las luces de emergencia son imprescindibles en los locales de pública concurrencia. Este tipo de alumbrado tiene la finalidad de ayudar en el caso de ser necesario realizar una evacuación. Se debe asegurar su funcionamiento en caso de fallo del suministro eléctrico de una manera automática y con un corte breve. Su instalación debe ser fija y debe contar con una fuente de alimentación propia.

En los locales de pública concurrencia dispondremos de un alumbrado de emergencia de seguridad, el cual se divide a su vez en dos tipos, alumbrado de evacuación y anti-pánico.

  • Evacuación. Señalizará recorridos de salida del local seguros. Será capaz de dotar a estas rutas de evacuación, durante una hora, con una iluminación mínima de 1 lux en su eje y de 5 lux en los puntos en los que se sitúen elementos manuales de protección contra incendios.
  • Anti-pánico. Identificará posibles obstáculos a salvar hasta alcanzar los recorridos de evacuación. Será capaz de dotar a todo punto ocupable, durante una hora, de una iluminación mínima de 0,5 lux desde el suelo hasta una altura de 1 metro.

Las luces de emergencia destinadas a dotar de alumbrado de evacuación y anti-pánico pueden ser las mismas. Además existen en el mercado de gran variedad de luces de emergencia con diferentes acabados y calidades, imponiéndose actualmente las basadas en tecnología LED.

La importancia del Mantenimiento del Alumbrado de Emergencia

El alumbrado de emergencia debe ser instalado y conservado adecuadamente a fin de evitar situaciones que puedan poner en riesgo la seguridad de las personas. Así mismo, evitará las posibles sanciones o clausuras temporales de las instalaciones en caso de inspección de las Autoridades, o conflictos con empresas aseguradoras en caso de siniestros.

Apoyarse en los servicios de profesionales del sector, como los que TCLEC ofrece, garantiza la correcta instalación y conservación de esta clase de instalaciones eléctricas y es la única opción para asegurarte el cumplimiento de la normativa.

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